El Gobierno podrá reintegrar a las apropiaciones correspondientes del Presupuesto de la actual vigencia el mayor valor girado por causa de la variación del tipo de cambio, tomando los recursos de la apropiación abierta con el Certificado de Disponibilidad expedido por el Contralor General de la República conforme a lo dispuesto en el artículo 143 del Decreto 444 de 1967.
Decreto 819 de 1967 →Vigente
Artículo 8
Decreto 819 de 1967 · Por el cual se reglamenta el artículo 255 del Decreto 444 de marzo 22 de 1967
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.