Micelio

Artículo 11

Decreto 718 de 1966 · por el cual se reorganizara la educación industrial de nivel medio y se crean las carreras técnicas intermedias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo once. La responsabilidad del funcionamiento de cada uno de los Institutos estará a cargo del Rector, quien tendrá la colaboración inmediata del personal docente y administrativo de los organismos asesores.

Parágrafo

El cargo del Rector de Instituto Técnico Industrial será de tiempo completo, y para ejercerlo se requiere tener titulo profesional docente de nivel superior, con una experiencia mínima de cinco años de educación industrial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 718 de 1966