Micelio

Artículo 3.2.4.3

- Garantia De Cumplimiento

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3.2.4.3.- GARANTIA DE CUMPLIMIENTO. Como garantía del fiel cumplimiento de las disposiciones de este título y de las reglamentaciones y órdenes emanadas de la Superintendencia de Valores, las bolsas deberán constituir a favor de esta entidad, en calidad de prenda, un depósito en valores de primera clase que devenguen intereses hasta por cincuenta mil pesos, a juicio de la misma. TITULO III DE LOS COMISIONISTAS DE BOLSA CAPITULO I NATURALEZA, OBJETO Y FACULTADES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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