°. Modificar las funciones de la Subdirección Jurídica de Parafiscales señaladas en el artículo 12 del Decreto 575 de 2013, el cual quedará así: “Artículo 12. Corresponde a la Subdirección Jurídica de Parafiscales desarrollar las siguientes funciones
Representar judicial y extrajudicialmente a la Unidad en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que este deba promover, salvo los atribuidos a la Dirección de Defensa Jurídica, mediante poder o delegación recibidos del Director General o del Director Jurídico, en materia de determinación y cobro de contribuciones parafiscales de la protección social y mantener actualizada la información que se requiera para su seguimiento.
Proponer, implementar y hacer seguimiento a la política pública de prevención del daño, las conductas y los actos antijurídicos en relación con la determinación y cobro de contribuciones parafiscales de la protección social.
Realizar estudios, investigaciones y mapas de riesgos sobre las principales causas generadoras de litigiosidad contra la Unidad, en relación con la determinación y cobro de contribuciones parafiscales de la protección social.
Resolver las consultas que le sean formuladas, así como preparar, emitir y publicar conceptos sobre el análisis jurídico y posición de la Unidad en lo relacionado con la determinación y cobro de las contribuciones parafiscales de la protección social, conforme los lineamientos de la Dirección Jurídica.
Asesorar jurídicamente a la Dirección General, a la Dirección de Parafiscales y a sus Subdirecciones en los asuntos correspondientes a la determinación y cobro de las contribuciones parafiscales de la Protección Social.
Asesorar, proyectar y revisar los actos administrativos que deban emitir la Dirección General, la Dirección de Parafiscales y sus Subdirecciones en relación con la determinación y cobro de contribuciones parafiscales de la protección social.
Revisar, antes de su publicación, que el material pedagógico, didáctico o de comunicación, relacionado con la determinación y cobro de contribuciones parafiscales de la protección social cumpla con las directrices de la Dirección Jurídica.
Preparar para consideración del Director Jurídico, las propuestas de normatividad en relación con las contribuciones parafiscales de la Protección Social.
Garantizar que los procesos a su cargo respondan a los lineamientos establecidos en el Sistema Integrado de Gestión (SIG), haciendo seguimiento al cumplimiento de las metas e indicadores establecidos.
Participar en el proceso de identificación, medición y control de los riesgos operativos relacionados con los procesos a su cargo y verificar las acciones, tratamientos y controles implementados.
Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia”.