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Artículo 4

En Desarrollo Del Subsistema Nacional De Suministros, El Ministerio De Salud Pública, Cumplirá Las Siguientes Funciones: A) Dictar Las Normas Y Disposiciones Para Establecer Mecanismos De Compra Y Controles De Calidad De Los Suministros Para El Sistema, Sean Estos De Procedencia Extranjera O De Producción Nacional

Decreto 704 de 1974 · Por el cual se establece el Subsistema Nacional de Suministros del Sistema Nacional de Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En desarrollo del Subsistema Nacional de Suministros, el Ministerio de Salud Pública, cumplirá las siguientes funciones

a)

Dictar las normas y disposiciones para establecer mecanismos de compra y controles de calidad de los suministros para el Sistema, sean estos de procedencia extranjera o de producción nacional.

b)

Formular y mantener actualizado un catálogo general de productos nacionales y extranjeros que incluya todos los suministros que serán utilizados en el Sistema Nacional de Salud y por fuera del cual no podrán ser autorizadas compras para las diferentes Instituciones, Entidades y Agencias del Sistema Nacional de Salud.

c)

Formular y mantener actualizado un manual de procedimientos para la Subsistencia Nacional de Suministros, el cual deberán acogerse todas las Instituciones, Entidades y Agencias del Sistema Nacional de Salud.

d)

Autorizar la adquisición de los suministros de importación que sean necesarias para el Sistema, trátese de bienes de consumo o de elementos devolutivos tales como maquinaria, equipos, etc.

e)

Realizar directamente las compras globales para el Sistema, tanto nacionales como de procedencia extranjera, cuando esta operación confiere una manifiesta conveniencia económica y administrativa para el Sector, a juicio del Ministerio.

f)

Fijar las políticas, normas y procedimientos conducentes al establecimiento del Subsistema Nacional de Suministros en Salud.

Parágrafo

El Ministerio de Salud Pública, al efectuar compras parciales o globales, en desarrollo del programa de adquisiciones de suministros, procurará realizarlas directamente a los productores, sean nacionales o extranjeros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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