º. En desarrollo del Subsistema Nacional de Suministros, el Ministerio de Salud Pública, cumplirá las siguientes funciones
Dictar las normas y disposiciones para establecer mecanismos de compra y controles de calidad de los suministros para el Sistema, sean estos de procedencia extranjera o de producción nacional.
Formular y mantener actualizado un catálogo general de productos nacionales y extranjeros que incluya todos los suministros que serán utilizados en el Sistema Nacional de Salud y por fuera del cual no podrán ser autorizadas compras para las diferentes Instituciones, Entidades y Agencias del Sistema Nacional de Salud.
Formular y mantener actualizado un manual de procedimientos para la Subsistencia Nacional de Suministros, el cual deberán acogerse todas las Instituciones, Entidades y Agencias del Sistema Nacional de Salud.
Autorizar la adquisición de los suministros de importación que sean necesarias para el Sistema, trátese de bienes de consumo o de elementos devolutivos tales como maquinaria, equipos, etc.
Realizar directamente las compras globales para el Sistema, tanto nacionales como de procedencia extranjera, cuando esta operación confiere una manifiesta conveniencia económica y administrativa para el Sector, a juicio del Ministerio.
Fijar las políticas, normas y procedimientos conducentes al establecimiento del Subsistema Nacional de Suministros en Salud.
El Ministerio de Salud Pública, al efectuar compras parciales o globales, en desarrollo del programa de adquisiciones de suministros, procurará realizarlas directamente a los productores, sean nacionales o extranjeros.