Micelio

Artículo 1

Decreto 315 de 1947 · por el cual se llena un vacío en la Ley electoral sobre votación de los ciudadanos de las Intendencias y Comisarías Especiales en la elección de Senadores.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Para la elección de Senadores agréganse las Intendencias Nacionales y Comisarías Especiales a las Circunscripciones Electorales que se indican a continuación: A la de Antioquia la Intendencia Nacional del Chocó. A la de Bolívar, la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia. A la de Boyacá, la Comisaría Especial de Arauca; A la de Cundinamarca, la Intendencia Nacional del Meta y las Comisarías Especiales del Vichada y Vaupés. A la del Huila, las Comisarías Especiales del Amazonas y Caquetá. A la del Magdalena, la Comisaría Especial de La Goajira. A la de Nariño, la Comisaría Especial del Putumayo. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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