Micelio

Artículo 1

Ley 52 de 1968 · Por la cual la Nación ordena la construcción del Palacio de Justicia en la ciudad de Riohacha, en el Departamento de la Guajira

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación procederá a la construcción del Palacio de Justicia, sede de la Rama Jurisdiccional del Poder Público, en la ciudad de Riohacha, capital del Departamento de la Guajira, de acuerdo con todas las condiciones de la técnica moderna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 52 de 1968