Micelio

Artículo 5

Tipos De Operación

Decreto 4349 de 2004 · por el cual se reglamenta el parágrafo 2° del artículo 260-2, los artículos 260-3, 260-4, el parágrafo 2° del artículo 260-6, y los artículos 260-8 y 260-9 del Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Tipos de operación . Se entiende por tipo de operación el conjunto de las operaciones que realiza el contribuyente mediante actividades que no presentan diferencias significativas en relación con las funciones efectuadas, los activos utilizados y los riesgos asumidos por el mismo. Deberán declararse por separado aquellos tipos de operación que se denominen de manera idéntica o similar pero que al momento de realizarse presenten diferencias significativas en relación con las funciones efectuadas, los activos utilizados y los riesgos asumidos, aun cuando se hubieren celebrado con el mismo vinculado económico o parte relacionada. Para este efecto se debe determinar el monto acumulado en el año gravable de los siguientes tipos de operación

1.

OPERACIONES DE INGRESO Recibidos o abonados en cuenta por: Netos por venta de inventarios producidos. Netos por venta de inventarios no producidos. Servicios intermedios de la producción. Servicios administrativos. Seguros y reaseguros. Comisiones. Honorarios. Regalías. Publicidad. Asistencia técnica. Servicios técnicos. Prestación de otros servicios financieros. Prestación de otros servicios diferentes de los financieros. Intereses. Arrendamientos. Enajenación de acciones. Venta de activos fijos. Utilidad por operaciones de futuros distintas de las del sector financiero. Otros ingresos.

2.

OPERACIONES DE EGRESO (COSTOS Y DEDUCCIONES) Pago o abono en cuenta por: Compra neta de inventarios para producción. Compra neta de inventarios para distribución. Servicios intermedios de la producción. Servicios administrativos. Seguros y reaseguros. Comisiones. Honorarios. Regalías. Publicidad. Asistencia técnica. Servicios técnicos. Prestación de otros servicios financieros. Prestación de otros servicios diferentes de los financieros. Intereses. Arrendamientos. Compra de acciones (inventario). Pérdidas por operaciones de futuros distintas de las del sector financiero. Garantías. Compra de acciones y aportes (activo fijo). Otras inversiones. Compra de activos fijos no depreciables. Compra de activos fijos depreciables, amortizables, intangibles y agotables. Compra de otros activos. Otros egresos. Unicamente deberá reflejarse el movimiento y el saldo de las siguientes cuentas de activo y pasivo, que una vez realizados, se entienden contenidos en los tipos de operación anteriores, observando en todo caso, su efecto fiscal, entre otros, en la determinación del patrimonio, en el cálculo de la depreciación, amortización y agotamiento:

3.

OPERACIONES DE ACTIVO: Cuentas por cobrar clientes. Cuentas por cobrar accionistas y/o socios. Otras cuentas por cobrar. Acciones y aportes (activo fijo). Otras inversiones. Inventarios. Activos fijos no depreciables. Activos fijos depreciables, amortizables, intangibles y agotables. Otros activos.

4.

OPERACIONES DE PASIVO: Cuentas por pagar a proveedores. Cuentas por pagar accionistas y/o socios. Cuentas por pagar al sector financiero. Ingresos recibidos por anticipado. Otros pasivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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