Micelio

Artículo 1

Adición De Un Parágrafo Transitorio Al Artículo 2

Decreto 680 de 2020 · Por el cual se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 2.2.7.4.5. del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para aplazar los pagos que deben realizar los operadores del servicio de radiodifusión sonora comercial al Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adición de un

Parágrafo transitorio

al artículo 2.2.7.4.5 del Decreto 1078 de 2015. El, artículo 2.2.7.4.5 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, tendrá un

Parágrafo transitorio

, con el siguiente texto: “

Parágrafo transitorio

Los pagos de que trata el presente artículo, las autoliquidaciones, y los acuerdos de pago fijados para el año 2020, que deben efectuar los operadores del servicio de radiodifusión sonora comercial, serán aplazados hasta el año 2021, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones fijará mediante Resolución el cronograma de pagos respectivo.”

Parágrafo

Artículo 2.2.7.4.5. DECRETO 1078 de 2015

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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