Micelio

Artículo 1

En Los Presupuestos De Los Establecimientos Públicos, De Las Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Y De Las Sociedades De Economía Mixta Sujetas Al Régimen Previsto Para Las Empresas, No Se Podrán Abrir Créditos Supleméntales O Extraordinarios Con El Fin De Atender Gastos Causados Por La Creación De Nuevos Empleos

Decreto 2884 de 1974 · Por el cual se reglamentan los artículo 154 del Decreto 294 de 1973 y 9° del Decreto 1982 de 1974 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En los presupuestos de los Establecimientos Públicos, de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta sujetas al régimen previsto para las Empresas, no se podrán abrir créditos supleméntales o extraordinarios Con el fin de atender gastos causados por la creación de nuevos empleos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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