Utilidad pública e interés social para la reforma agraria. En virtud de lo dispuesto en los artículos 1° y 31 de la Ley 160 de 1994 y lo consagrado en el artículo 2.14.6.1.1. de este decreto, las actividades del programa especial de dotación de tierras para la producción de alimentos en favor de personas campesinas son de utilidad pública e interés social.
Decreto 1071 de 2015 →Vigente
Artículo 2.14.6.9.6
Utilidad Pública E Interés Social Para La Reforma Agraria
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.