Derogado
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.3.3.2.2.2.3. Distribución de los recursos entre los planes, programas y/o proyectos elegibles. La prioridad para la distribución de los recursos del Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las Zonas No Interconectadas -FAZNI-, se determinará con base en los siguientes criterios:
Para los planes, programas y/o proyectos presentados bajo los esquemas descritos en los numerales 1 y 2 del artículo 7° del presente decreto se tendrán en cuenta criterios de:
(i) Menor aporte estatal requerido, entendido este como los aportes de inversión y subsidios de operación, y/o
(ii) Contribución al uso de fuentes de energías renovables o alternativas.
Para los planes, programas y/o proyectos presentados bajo los esquemas descritos en el numeral 3 del artículo 2.2.3.3.2.2.2. del presente decreto se tendrán en cuenta criterios de:
(i) Menor aporte estatal requerido entendido este como los aportes de inversión y subsidios de operación;
(ii) Mayor número de usuarios beneficiados, y/o
(iii) Contribución a la innovación tecnológica para el uso de fuentes de energía renovables o alternativas.
(Decreto 1124 de 2008, artículo 8°)
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