Micelio

Artículo 66

A

Decreto 267 de 2000 · Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A. Dirección de Infraestructura, Bienes y servicios . Son funciones de la Dirección de Infraestructura, Bienes y Servicios

1.

Dirigir, diseñar, promover y apoyar la implementación de políticas, estrategias, procedimientos e indicadores tendientes a optimizar y mejorar la administración de los bienes a cargo de la Entidad.

2.

Administrar los bienes a cargo de la entidad garantizando su conservación y uso eficiente.

3.

Dirigir y realizar las actividades relacionadas con el inventario de los bienes de la Entidad y mantener actualizado el registro del estado de funcionamiento, man­tenimiento y registro documental de la propiedad, planta, equipo, incluyendo el parque automotor.

4.

Proponer proyectos y programas de infraestructura física y hacer seguimiento a la gestión de los mismos.

5.

Dirigir y administrar el parque automotor de la Contraloría General de la Repú­blica.

6.

Realizar las actividades necesarias para garantizar el oportuno desplazamiento de los funcionarios en el cumplimiento de sus funciones misionales.

7.

Asesorar a las demás dependencias de la Entidad en el ámbito de su competencia.

8.

Elaborar e implementar los planes operativos anuales en el ámbito de su compe­tencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Oficina de Planeación.

9.

Las demás que le sean asignadas por la ley, o delegadas por el Contralor General de la República o el Gerente Administrativo y Financiero y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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