Micelio

Artículo 1

Ordénase La Publicación Del Proyecto De Acto Legislativo Número 12, Senado, Y Número 87, Cámara, "por Medio Del Cual Se Reforma El Artículo 161 De La Constitución Política", Cuyo Texto Es El Siguiente: "artículo 1° El Artículo 161 De La Constitución Política, Quedará Así: "cuando Surgieren Discrepancias En Las Cámaras Respecto De Un Proyecto Ambas Integrarán Comisiones Accidentales Que Reunidas Conjuntamente, Preparan El Texto Que Será Sometido A Decisión Final En Sesión Plenaria De Cada Cámara

Decreto 135 de 1993 · por el cual se ordena la publicación del Proyecto Acto Legislativo, "por medio del cual de reforma el artículo 161 de la Constitución Política".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Ordénase la publicación del Proyecto de Acto Legislativo número 12, Senado, y número 87, Cámara, "por medio del cual se reforma el artículo 161 de la Constitución Política", cuyo texto es el siguiente: "Artículo 1° El artículo 161 de la Constitución Política, quedará así: "Cuando surgieren discrepancias en las Cámaras respecto de un proyecto ambas integrarán comisiones accidentales que reunidas conjuntamente, preparan el texto que será sometido a decisión final en sesión plenaria de cada Cámara. Si repetido el segundo debate, en las Cámaras persistieren las diferencias sobre el proyecto, éste se considerará negado en los artículos o disposiciones materia de discrepancia, siempre que no fueren fundamentales en relación con el sentido global de la nueva ley, caso en el cual se entenderá negado en su totalidad. "Corresponderá a la reunión conjunta de las Comisiones Accidentales a que se refiere el presente artículo determinar el carácter fundamental de tales discrepancias "Artículo 2° Esta norma rige a partir de su promulgación. "Firmado: "El Presidente del honorable Senado de la República, JOSE BLACKBURN C. "El Secretario General del honorable Senado de la República, Pedro Pumarejo Vega. "El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, CESAR PEREZ GARCIA "El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, Diego Vivas Tafur".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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