Artículo segundo. Esta ley entrará en vigencia una vez cumplidos los trámites establecidos en la Ley 7ª del 30 de noviembre de 1944, en relación con el convenio que por esta misma ley se aprueba.
Ley 35 de 1983 →Vigente
Artículo 2
Ley 35 de 1983 · Por medio de la cual se aprueba el "Convenio de Cooperación Económica, Industrial y Tecnológica entre los Gobiernos de la República de Colombia y el Reino de Dinamarca", suscrito en Bogotá el 22 de abril de 1982
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.