Micelio

Artículo 1

Corríjase El Artículo 2° Del Acto Legislativo Número 6 De 2011, El Cual Quedará Así: " Artículo 2°

Decreto 379 de 2012 · por el que se corrige un yerro en el Acto Legislativo número 6 del 24 de noviembre de 2011, "por el cual se reforma el numeral 4 del artículo 235, el artículo 250 y el numeral 1 del artículo 251 de la Constitución Política

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Corríjase el artículo 2° del Acto Legislativo número 6 de 2011, el cual quedará así: " Artículo 2°. El artículo 250 de la Constitución Política tendrá un

Parágrafo 2

del siguiente tenor:

Parágrafo 2

Atendiendo la naturaleza del bien jurídico o la menor lesividad de la conducta punible, el legislador podrá asignarle el ejercicio de la acción penal a la víctima o a otras autoridades distintas a la Fiscalía General de la Nación. En todo caso, la Fiscalía General de la Nación podrá actuar en forma preferente".

Parágrafo

artículo 2° del Acto Legislativo número 6 de 2011 ) Artículo 250 CONSTITUCION POLITICA CP de 1991 Corregir Artículo 2 ACTO LEGISLATIVO 6 de 2011

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 379 de 2012