° Los trabajadores que presten sus servicios al Fondo de Fomento Agrícola del Magdalena se reputan, para todos los efectos legales, como trabajadores dependientes de la caja de crédito agrario y no como empleados u obreros nacionales. Comuníquese y publíquese.
Decreto 829 de 1946 →Vigente
Artículo 2
Los Trabajadores Que Presten Sus Servicios Al Fondo De Fomento Agrícola Del Magdalena Se Reputan, Para Todos Los Efectos Legales, Como Trabajadores Dependientes De La Caja De Crédito Agrario Y No Como Empleados U Obreros Nacionales
Decreto 829 de 1946 · Por el cual se reglamenta una disposición del Decreto extraordinario número 1113 de 1942
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.