Micelio

Artículo 5

º El Fondo De Pasivo Social De Ferrocarriles Nacionales De Colombia Tendrá Su Domicilio En La Ciudad De Bogotá, Distrito Especial

Decreto 1591 de 1989 · Por el cual se crea el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia y se dictan normas para su organización y funcionamiento.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia tendrá su domicilio en la ciudad de Bogotá, Distrito Especial. CAPITULO II ORGANOS DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1591 de 1989