º De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 55 de 1985, están exentas del gravamen establecido en el artículo 9º de la ley 50 de 1984, las importaciones de libros y revistas de carácter científico o cultural, clasificables por el Código Nabandina 49.01.89.00 y 49.02.89.00 del Arancel de Aduanas. Para los efectos del presente artículo no se considerarán de carácter científico o cultural, los libros y revistas de modas, tiras cómicas o historietas gráficas, juegos de suerte o azar, crucigramas y horóscopos.
Decreto 1905 de 1985 →Vigente
Artículo 1
º De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 54 De La Ley 55 De 1985, Están Exentas Del Gravamen Establecido En El Artículo 9º De La Ley 50 De 1984, Las Importaciones De Libros Y Revistas De Carácter Científico O Cultural, Clasificables Por El Código Nabandina 49
Decreto 1905 de 1985 · Por el cual se reglamenta el artículo 54 de la Ley 55 de 1985
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.