El Ministerio de Obras Públicas celebrará los contratos necesarios para la adquisición de dichas zonas, y en caso de que no sea posible llegar a un arreglo con el respectivo interesado, procederá a la expropiación de acuerdo con las normas sobre la materia.
Decreto 701 de 1952 →Vigente
Artículo 2
Decreto 701 de 1952 · Por el cual se declaran de utilidad pública las zonas que se requieren para la construcción de la vía Cali-Palmira, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.