Micelio

Artículo 1

El Auxilio Decretado Por La Ley 27 De 1938 A Favor De La Ciudad De Papáyán Con Motivo Del Cuarto Centenario De Su Fundación, Sólo Será Cubierto Cuando El Concejo Incorpore Dicho Auxilio En El Presupuesto De Rentas Y Gastos, Destinando Su Montó Total A Obras De Interés Permanente Múnicipal, De Acuerdo Con La Ley 27 Del Presente Año

Decreto 1135 de 1938 · por el cual se reglamenta la Ley 27 de 1938.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El auxilio decretado por la Ley 27 de 1938 a favor de la ciudad de Papáyán con motivo del cuarto centenario de su fundación, sólo será cubierto cuando el Concejo incorpore dicho auxilio en el presupuesto de rentas y gastos, destinando su montó total a obras de interés permanente múnicipal, de acuerdo con la Ley 27 del presente año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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