Indebida o fraudulenta utilización del carné de afiliación. La utilización indebida o fraudulenta del carné de afiliación al Régimen del Subsidio Familiar, dará lugar a la aplicación de las medidas que contemplen los reglamentos correspondientes de la respectiva Caja de Compensación Familiar.
Decreto 784 de 1989 →Vigente
Artículo 10
Indebida O Fraudulenta Utilización Del Carné De Afiliación
Decreto 784 de 1989 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 21 de 1982, y 71 de 1988
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.