Micelio

Artículo 34

Decreto 605 de 1994 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 002 de 29 de noviembre de 1993 de la Junta Directiva del Instituto para el Desarrollo de la Democracia "Luis Carlos Galán Sarmiento" que adopta los estatutos y el marco interno de funcionamiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Subdirección de Educación es una unidad encargada de proponer, implementar, coordinar, supervisar y controlar los programas y proyectos formativos de educación formal y no formal y de nuevas tecnologías educativas, encaminados a la creación de valores y de una cultura de la democracia en las instituciones sociales y del Estado, en los ámbitos nacional y local, adelantando acciones globales o para sectores de población específica, directamente o con el concurso de otras organizaciones oficiales o privadas

a)

Asesorar a la Dirección General en la definición de proyectos educativos de diverso nivel y modalidad, de conformidad con los objetivos del Instituto;

b)

Diseñar y realizar de manera directa o conjunta con otras entidades, programas educativos formales y no formales para los distintos sectores de población, escenarios y niveles educativos, que puedan contribuir al progreso de las instituciones democráticas del país;

c)

Diseñar y realizar de manera directa o conjunta con la Subdirección de Investigaciones u otras entidades o personas, los estudios e investigaciones necesarios para el mejor desarrollo de los programas educativos que adelante el Instituto;

d)

Apoyar el desarrollo y apropiación de los derechos y libertades relacionados con la educación, consagrados en la Constitución Política de la Nación;

e)

Diseñar y promover la implementación de estrategias, sistemas y mecanismos de educación que favorezcan la participación ciudadana;

f)

Proponer y promover la concertación de políticas y prácticas educativas orientadas a que adquieran vigencia y reconocimiento los valores, principios y prácticas democráticas;

g)

Estudiar y proponer proyectos de reglamentación a las becas determinadas en los artículos 12 y 13 de la Ley 75 de 1989; y de conformidad con las instrucciones de la Dirección General, organizar, coordinar y evaluar todo lo pertinente;

h)

Coordinar con el Ministerio de Educación Nacional, las Secretarías de Educación departamentales y municipales y demás entidades oficiales y no oficiales, la sistematización de experiencias en la aplicación de programas educativos, principalmente en las áreas de interés para el instituto, con el fin de introducir las reformas necesarias para mejorar la calidad de los programas educativos en general;

i)

Proponer a la Dirección General las prioridades educativas de acuerdo con las políticas y estrategias del Instituto;

j)

Coordinar con el Ministerio de Educación Nacional, las Secretarías de Educación departamentales y municipales y demás entidades oficiales y no oficiales, la realización de programas educativos en general, a través de los medios de comunicación y otras modalidades, como la educación a distancia;

k)

Promover, organizar y asesorar el funcionamiento de centros donde se pueda llevar a cabo programas educativos del Instituto;

l)

Diseñar y ejecutar planes para la capacitación de educadores de adultos, promotores, guías culturales y agentes educativos para el uso eficiente de los programas que ofrece el Instituto;

m)

Organizar y mantener actualizado en banco de recursos que facilite la realización de los programas educativos;

n)

Coordinar con la Subdirección de Comunicación el diseño y elaboración de textos, guías y demás recursos metodológicos para los diversos programas educativos que adelante el Instituto;

o)

Coordinar con la Secretaría General y la Oficina de Comunicaciones, la edición y distribución de materiales para los diferentes cursos que ofrezca la Subdirección;

p)

Presentar detalladamente los proyectos y programas educativos a la Dirección General, con el fin de dar a conocer las necesidades de recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para su puesta en marcha;

q)

Ejecutar los programas y proyectos aprobados por la Dirección General y presentar los informes de avance y finales

r)

Las demás funciones que le asigne o delegue la Dirección General y las que le correspondan de conformidad con la naturaleza de la Subdirección. SUBDIRECCION DE COMUNICACION

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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