Proceso De Referencia Y Contra Referencia Para Garantizar La Atención Integral
Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Proceso de referencia y contra referencia para garantizar la atención integral.De acuerdo con lo establecido en los artículos 2.5.3.2. 16 y 2.5.3.4. 7. 4 de este decreto, la operación del sistema de referencia y contra referencia debe atender a la integralidad del proceso de atención en salud, sin limitarse a los casos de urgencias.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.