Micelio

Artículo 109

Los Empleados Del Orden Jurisdiccional Y Los Del Ministerio Público No Podrán Hacer Parte De Juntas Directivas O Consejos De Administración De Sociedades Anónimas, Ni Intervenir En Forma Alguna En La Dirección O Fiscalización De Tales Compañías

Decreto 2521 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleados del orden jurisdiccional y los del ministerio público no podrán hacer parte de juntas directivas o consejos de administración de sociedades anónimas, ni intervenir en forma alguna en la dirección o fiscalización de tales compañías.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2521 de 1952