Micelio

Artículo 2

º

Decreto 1937 de 1996 · por el cual se crea el Consejo Nacional para el Deporte Competitivo y de Alto Rendimiento.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Consejo tendrá como funciones las siguientes

1.

Asesorar al Gobierno Nacional en la promoción y planificación del deporte competitivo y de alto rendimiento, en coordinación con los organismos del Sistema Nacional del Deporte que tienen a su cargo este tema.

2.

Conceptuar sobre los planes, programas y proyectos deportivos de alto rendimiento que se elaboren y que deban ser incorporados al Plan de Desarrollo Sectorial, en cumplimiento del artículo 74 de la Ley 181 de 1995.

3.

Formular recomendaciones al Gobierno Nacional y a los organismos públicos y privados para la promoción y planificación del alto rendimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1937 de 1996