°. Funciones del Consejo Directivo. El Consejo Directivo cumplirá las siguientes funciones
Formular la política general, los planes y programas de la Unidad en armonía con la política del sector administrativo y el Plan Nacional de Desarrollo.
Formular los criterios generales para la ejecución de los planes, programas, proyectos y recursos de la Unidad y su Fondo adscrito, para el cumplimiento de los propósitos, objetivos y funciones para el cual fueron creados.
Definir en coordinación con la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a Víctimas y en concertación con las autoridades, la caracterización integral de los daños y afectaciones territoriales, igual proceso se adelantará con las comunidades étnicas.
Formular y acompañar al Director General en la definición de estrategias y mecanismos de coordinación que garanticen la optimización de los recursos y la materialización de los propósitos de la Ley 1448 de 2011 en la restitución de tierras a los despojados de ellas.
Aprobar el plan estratégico de la entidad y los planes y programas, con enfoque diferencial, necesarios para dar cumplimiento a los objetivos y funciones de la Unidad, orientados a la restitución efectiva y sostenible de tierras y territorios despojados y abandonados forzosamente y asegurar su correcta ejecución.
Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual de la entidad y las modificaciones al presupuesto de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones a la estructura que consideren pertinente para el eficaz desarrollo administrativo y el mejoramiento continuo de la Unidad.
Estudiar y aprobar las modificaciones al presupuesto de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
Adoptar y modificar su propio reglamento.
Las demás funciones que le señale la ley.
La Secretaría Técnica del Consejo Directivo, estará a cargo de la Subdirector General de la Unidad de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. El Consejo Directivo de la Unidad de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas se reunirá con la periodicidad que determine el reglamento. CAPÍTULO III Estructura y Funciones de las Dependencias