Dirección de Participación Comunitaria. Son funciones de la División de Participación Comunitaria, las siguientes
Desarrollar y responder por la aplicación del sistema integral de participación ciudadana, institucional y descentralizada, con el objeto de fortalecer las relaciones Policía-Comunidad.
Atender y ejecutar la política, a nivel nacional, de acercamiento y solidaridad entre la policía y la comunidad.
Determinar los métodos y procedimientos de atención a los intereses de la comunidad atinentes al servicio de policía y la seguridad ciudadana.
Suministrar la información que requiera la Comisión Nacional de Policía y Participación Ciudadana, para el cumplimiento de sus funciones.
Organizar la División de quejas y reclamos y recepcionar información por conducto de la línea de solidaridad, suministrándola oportunamente a la autoridad competente.
Coordinar y supervisar el funcionamiento de las dependencias de quejas y reclamos, en las unidades operativas policiales.
Coordinar con el Director Docente el desarrollo de programas de ética, liderazgo y participación comunitaria del hombre policía.
Orientar el desempeño del policía en labores, de entrenamiento, salvamento, ayuda ciudadana, vacaciones recreativas, campañas de vacunación, de alfabetización, entre otras.
Programar, dirigir, controlar y evaluar las actividades de la Policía Cívica a nivel Nacional.
Proponer el desarrollo de programas tendientes a la prevención de faltas y delitos por parte de miembros de la Institución.
Desarrollar planes y programas de educación comunitaria a través de organizaciones cívicas.
Coordinar con el Comisionado Nacional de Policía el trámite de quejas y reclamos que presente la comunidad.
Coordinar y cooperar con la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada el desarrollo de programas en esa área en la comunidad.
Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.