Micelio

Artículo 8

Bienes Excluidos De La Masa De Liquidación

Decreto 2560 de 2012 · por el cual se suprime la Comisión de Regulación en Salud CRES), se ordena su liquidación y se trasladan unas funciones al Ministerio de Salud y Protección Social y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Bienes excluidos de la masa de liquidación . Además de aquellos bienes de que trata el artículo 21 del Decreto-ley número 254 de 2000, se excluyen por estar afectos al servicio, los bienes, contratos y obligaciones que el Ministerio de Salud y Protección Social identifique como necesarios para el desarrollo y ejecución de las funciones que se le trasladan mediante el presente decreto. Para ello, el Ministerio dentro de los cinco (5) días siguientes a la vigencia del presente decreto, presentará al Liquidador de la Comisión de Regulación en Salud en Liquidación, el listado de los bienes, contratos y obligaciones requerido. Dentro de los quince (15) días siguientes, el Liquidador deberá transferirlos mediante acta (s) de cesión. El Liquidador ejecutará todas las acciones, trámites legales, administrativos, judiciales, tributarios, notariales y demás a que hubiere lugar, para hacer efectiva la cesión. Los contratos que se cedan al Ministerio de Salud y Protección Social los continuará pagando la Comisión de Regulación en Salud en liquidación hasta el cierre de la misma, fecha a partir de la cual los recursos que financien estos contratos se trasladarán a dicho ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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