Las Sanciones Disciplinarias Se Adoptarán Después De Haber Agotado Las Medidas Persuasivas, Y De Haber Comprobado Que La Causa De La Indisciplina, No Radica En La Organización Y Funcionamiento Del Plantel, Ni En La Actuación Del Superior
Decreto 1928 de 1963 · por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 2365 de1956, sobre el Instituto Superior de educación Rural de Pamplona (Norte Santander), y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las sanciones disciplinarias se adoptarán después de haber agotado las medidas persuasivas, y de haber comprobado que la causa de la indisciplina, no radica en la organización y funcionamiento del plantel, ni en la actuación del superior. Todas ellas tendrán en cuenta los siguientes principios
a)
Obedecerán a un sistema de aplicación general previamente conocido por el alumno.
b)
Serán equitativas y proporcionadas a la falta cometida.
c)
Tendrán resultado correctivo para el individuo y para el grupo. e) Se aplicarán lo más pronto posible después de cometida la falta.
d)
Procurarán la rectificación de la falta cometida. f) Se darán a conocer de todos aquellos que puedan contribuir a la corrección del individuo. g) Tendrán presente todos los antecedentes personales, familiares y sociales del alumno.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.