Micelio

Artículo 55

Las Sanciones Disciplinarias Se Adoptarán Después De Haber Agotado Las Medidas Persuasivas, Y De Haber Comprobado Que La Causa De La Indisciplina, No Radica En La Organización Y Funcionamiento Del Plantel, Ni En La Actuación Del Superior

Decreto 1928 de 1963 · por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 2365 de1956, sobre el Instituto Superior de educación Rural de Pamplona (Norte Santander), y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sanciones disciplinarias se adoptarán después de haber agotado las medidas persuasivas, y de haber comprobado que la causa de la indisciplina, no radica en la organización y funcionamiento del plantel, ni en la actuación del superior. Todas ellas tendrán en cuenta los siguientes principios

a)

Obedecerán a un sistema de aplicación general previamente conocido por el alumno.

b)

Serán equitativas y proporcionadas a la falta cometida.

c)

Tendrán resultado correctivo para el individuo y para el grupo. e) Se aplicarán lo más pronto posible después de cometida la falta.

d)

Procurarán la rectificación de la falta cometida. f) Se darán a conocer de todos aquellos que puedan contribuir a la corrección del individuo. g) Tendrán presente todos los antecedentes personales, familiares y sociales del alumno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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