Micelio

Artículo 5

Delégase En El Ministro De Defensa Nacional La Facultad De Celebrar Contratos Con Departamentos, Municipios, Intendencias, Comisarias Y Otras Entidades Públicas O Privadas Sin Ánimo De Lucro, Para Construcción De Obras Por Unidades De Ingenieros Militares

Decreto 1923 de 1975 · Por el cual se delegan unas funciones sobre contratos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Delégase en el Ministro de Defensa Nacional la facultad de celebrar contratos con Departamentos, Municipios, Intendencias, Comisarias y otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, para construcción de obras por unidades de ingenieros militares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1923 de 1975