Micelio

Artículo 2

Decreto 1946 de 1944 · por el cual se complementan unas disposiciones sobre prensa y se dictan medidas de orden público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los directores de los periódicos que sirvan de órgano a corporaciones, asociaciones, sindicatos y otras entidades semejantes, que gocen de personería jurídica, otorgaran caución en las mismas condiciones establecidas en el artículo 12 del mencionado Decreto 1900, pero la cuantía mínima de ella será de $ 50.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1946 de 1944