° El Gran Collar de la Orden de Boyacá constará de una cruz de cincuenta y cinco por cincuenta y cinco milímetros pendiente de un Escudo de Colombia a los lados, por medio de cadenillas, van alternativamente una cruz de quince por quince milímetros rodeada de un laurel de treinta y tres milímetros de ancho por 25 milímetros de alto y un óvalo con las iniciales O. B. doradas.
Decreto 2919 de 1980 →Vigente
Artículo 2
El Gran Collar De La Orden De Boyacá Constará De Una Cruz De Cincuenta Y Cinco Por Cincuenta Y Cinco Milímetros Pendiente De Un Escudo De Colombia A Los Lados, Por Medio De Cadenillas, Van Alternativamente Una Cruz De Quince Por Quince Milímetros Rodeada De Un Laurel De Treinta Y Tres Milímetros De Ancho Por 25 Milímetros De Alto Y Un Óvalo Con Las Iniciales O
Decreto 2919 de 1980 · Por el cual se adiciona el artículo 16 del Decreto número 2396 de 1954
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.