Micelio

Artículo 3

Decreto 2009 de 1957 · Por el cual se suprimen unos cargos, se crean otros y se dictan unas disposiciones relacionadas con la Compaña Antituberculosa Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero . A partir del 16 de septiembre de 1957, el Dispensario Antituberculoso de Tunja se denominará: "Dispensario y Centro Epidemiológico Antituberculoso".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2009 de 1957