Destinación. Podrán realizarse inversiones de capitales del exterior en todos los sectores de la economía, con excepción de los siguientes ya sea directa o por interpuesta persona
a)
Actividades de defensa y seguridad nacional;
b)
Procesamiento, disposición y desecho de basuras tóxicas, peligrosas o radiactivas no producidas en el país.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.