Micelio

Artículo 4

Decreto 2882 de 2001 · por el cual se reglamenta parcialmente las Leyes 3° de 1991 y 708 de 2001.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Destinación de recursos por el Inurbe. Cuando el Inurbe destine recursos a la dotación de servicios públicos, equipamiento comunitario u otros costos directos necesarios para la ejecución de los proyectos de vivienda de interés social desarrollados en virtud de lo previsto en la Ley 708 de 2001, el costo de la inversión realizada para tales fines se imputará al valor del subsidio familiar de vivienda a otorgar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2882 de 2001