Micelio

Artículo 3

Ley 23 de 1976 · Por la cual se dispone la conmemoración del sesquicentenario de Buenaventura como Puerto Franco al Comercio Internacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El programa festivo que acuerde la Junta Organizadora deberá contemplar la celebración en ese puerto, de competencias o torneos deportivos entre los deportistas del mismo con los de los otros puertos marítimos del país o, a juicio de la Junta, realizarla internacional, entre los de Buenaventura y los de los puertos sudamericanos del Pacífico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 23 de 1976