Micelio

Artículo 1

O

Decreto 2936 de 1978 · Por el cual se fijan los derechos por concepto del registro de instrumentos públicos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o. De la inscripción. La inscripción de los títulos, actos y documentos sujetos a registro según la ley o la cancelación de aquella, causará los siguientes derechos a cargo del solicitante

1.

La suma de trescientos pesos ($ 300.00) moneda corriente, por cada uno de les bienes comprendidos en los actos por cuya naturaleza no constare cuantía en el documento objeto de inscripción.

2.

La suma de cien pesos ($ 100.00) moneda corriente, cuando la cuantía no exceda de veinte mil pesos ($ 20.000) moneda corriente.

3.

Cuando la cuantía exceda de veinte mil pesos (S 20.000) moneda corriente, la suma adicional del tres por mil sobre el exceso.

4.

La suma adicional de cincuenta pesos ($ 50.00) por cada matrícula que deba abrirse a los apartamentos, lotes o partes que resultaren en los casos de segregación, partición, propiedad horizontal, loteo, urbanización, integración y demás casos similares.

5.

La suma de trescientos peses ($ 300.00) moneda corriente por la inscripción de los testamentos.

6.

La suma de trescientos pesos ($ 300.00) moneda corriente, por la diligencia ele apertura de testamentos.

7.

Cuando la cuantía señalada en el documento fuere inferior a la del avalúo catastral del correspondiente inmueble, los derechos se liquidarán con base en dicho avalúo catastral.

Parágrafo

Los derechos de que trata el presente artículo se causarán separadamente por cada acto o contrato aunque estos aparezcan contenidos en un mismo documento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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