De la Sección de Relaciones Colectivas de Trabajo del Sector Primario . Corresponde a la Sección de Relaciones Colectivas de Trabajo del Sector Primario desarrollar las siguientes funciones
Desarrollar los procedimientos para la solicitud por vía conciliatoria, de los conflictos de carácter colectivo que se susciten entre empleadores y trabajadores en los sectores agrícola, ganadero, de silvicultura, de caza y de pesca;
Preparar proyectos de material instructivo sobre temas laborales propios de la Sección, en coordinación con la División de Institución y Capacitación Laboral;
Estudiar los problemas y necesidades que resulten de la aplicación de las disposiciones legales reguladoras del Derecho Colectivo de Trabajo en el sector y sugerir las medidas adecuadas para subsanarlas;
Absolver las consultas que sobre Derecho Colectivo de Trabajo en el sector primario, le sean formuladas a la División;
Estimular la organización de los trabajadores y el entendimiento de las organizaciones de trabajadores entre sí, con los empleadores y con el Gobierno;
Estudiar los asuntos que las asociaciones sindicales de su competencia sometan a consideración de la División en cumplimiento de las disposiciones legales sobre reconocimiento de personerías jurídicas, adopción y reforma de estatutos y otros negocios similares;
Estudiar y tramitar los recursos de apelación contra resoluciones relacionadas con la aprobación o improbación de elección y designación de cargos de las jutas directivas de las organizaciones sindicales de primero y segundo grado del sector, proferidas por los Inspectores de Trabajo no adscritos a Divisiones Departamentales de Trabajo y Seguridad Social;
Estudiar y tramitar las solicitudes de aprobación de estatutos de aquellos organismos creados y fomentados por las asociaciones sindicales del sector primario; i) intervenir directamente en le solución de los conflictos colectivos de trabajo, una vez agotado el nivel departamental, y que sean del área de su competencia; j) Preparar las documentaciones e informes indispensables para el estudio y decisión de las solicitudes sobre ilegalidad de cese de actividades en el sector primario; k) Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de reglamentación sindical del sector y adelantar las investigaciones administrativas a que hubiere lugar; l) Desarrollar los procedimientos para la solución por vía conciliatoria, de los conflictos que se susciten sobre mejoras en predios rurales de conformidad con lo establecido en las disposiciones vigentes, y ll) Estudiar los problemas y necesidades del país relativos a legislación agraria y sugerir las medidas y modificaciones pertinentes en coordinación con los demás organismos que se ocupen de la materia.