Micelio

Artículo 4

Decreto 18660814 de 1866 · sobre naturalización de estranjeros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4.° El poder ejecutivo, en vista del memorial i del correspondiente informe del presidente o gobernador, declarará si accede a la solicitud, i en caso de acceder a ella, espedirá la carta de naturaleza, conforme al modelo número 2.° de los anexos a este decreto, i la remitirá al peticionario por conducto de la respectiva presidencia 6 gobernación del estado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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