°. Manejo de información confidencial. El Punto Nacional de Contacto tendrá en cuenta durante todo el procedimiento previsto en esta sección, los requerimientos de confidencialidad para proteger las informaciones sensibles de carácter comercial o de otro tipo relativas a las Partes involucradas en el caso específico. Toda la información será pública para las Partes en el curso del caso específico, excepto si alguna de ellas justifica debidamente la calidad confidencial de la misma.
Decreto 1400 de 2012 →Vigente
Artículo 7
Manejo De Información Confidencial
Decreto 1400 de 2012 · por el cual se establece el Punto Nacional de Contacto de Colombia y se adopta el procedimiento previsto en las Líneas Directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos ("OCDE") para Empresas Multinacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.