°. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese. Dado a Bogotá a 23 de diciembre de 1948. MARIANO OSPINA PEREZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL.
Decreto 4217 de 1948 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
Decreto 4217 de 1948 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.