º . Los empleados públicos del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, con derechos de carrera administrativa que no sean incorporados en la planta de personal de que trata el artículo 2º del presente decreto, podrán optar por ser reincorporados a empleos iguales o equivalentes o a recibir indemnización, conforme a lo consagrado en el artículo 44 de la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Reglamentario 1227 de 2005, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto-ley 760 de 2005 y demás disposiciones que la reglamenten, modifiquen o sustituyan.
Decreto 4766 de 2008 →Vigente
Artículo 4
Decreto 4766 de 2008 · por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.