Micelio

Artículo 465

Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Limitación a las fianzas personales. Mientras esté vigente una fianza personal no se admitirá nuevamente como fiador a quien la otorgó, en ninguna de las oficinas del mismo distrito judicial, salvo cuando se compruebe que su solvencia es suficiente. Con este fin, se llevará en cada oficina de instrucción un registro con los nombres de los fiadores, los procesados y el juzgado en que se prestó la fianza.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 409 de 1971