Cuando el resultado de análisis fuere no aceptable se pondrá mediante auto en conocimiento del interesado, quien dispondrá de un término de sesenta (60) días calendario, a partir de la fecha de notificación para objetarlo y en general hacer las observaciones que crea pertinente.
Artículo 61
Cuando El Resultado De Análisis Fuere No Aceptable Se Pondrá Mediante Auto En Conocimiento Del Interesado, Quien Dispondrá De Un Término De Sesenta (60) Días Calendario, A Partir De La Fecha De Notificación Para Objetarlo Y En General Hacer Las Observaciones Que Crea Pertinente
Decreto 1524 de 1990 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 09 de 1979 Título VI y XI en lo referente a fabricación, envase o empaque, almacenamiento y expendio de los Productos Naturales con usos terapéuticos tradicionales, empíricos y las Preparaciones Farmacéuticas a base de los mismos.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.