Micelio

Artículo 3

Los Oficiales Que Al Entrar En Vigencia La Ley 75 De 1925, Figuraban Como En Comisión En Otros Ramos Distintos Del De Guaira, Y Que Legalmente No Pueden Ser Considerados Como Oficiales De Actividad Según Los Artícelos L Y 2 De Dicha Ley, Tendrán Derecho A Que Se Les Devuelva El Valor De Las Cuotas Mensuales Que Hubieren Consignado En La Caja De Sueldos De Retiro, Pero Sin Bonificación De Intereses

Decreto 808 de 1929 · Por el cual se reforma el marcado con el número 493 de 1928 (17 de marzo), relativo a descuentos para la Caja de Sueldos de Retiro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales que al entrar en vigencia la Ley 75 de 1925, figuraban como en comisión en otros ramos distintos del de Guaira, y que legalmente no pueden ser considerados como Oficiales de actividad según los artícelos l y 2 de dicha Ley, tendrán derecho a que se les devuelva el valor de las cuotas mensuales que hubieren consignado en la Caja de Sueldos de Retiro, pero sin bonificación de intereses.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 808 de 1929