Para atender a los gastos que demanda el cumplimiento de esta Ley, el Gobierno apropiará en el Presupuesto de la próxima vigencia las partidas necesarias, y, en todo caso quedará autorizado para abrir créditos y hacer los traslados que permitan celebrar oportunamente las mencionadas Fundaciones.
Ley 20 de 1989 →Vigente
Artículo 3
Ley 20 de 1989 · Por la cual la Nación se asocia a la conmemoración de los 450 años de la fundación de la ciudad de Anserma, 450 años de la fundación de la ciudad de Supía y 135 años de la fundación de Villamaría, en el Departamento de Caldas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.