Artículo único. Créase el puesto de Habilitado de la segunda sección de trazado del ferrocarril central de Bolívar, con la asignación de $ 200 mensuales, y nómbrase para desempeñarlo al señor Luis F. Torres, quien antes de posesionarse deberá otorgar fianza por la cuantía que fije el Ingeniero Jefe de la empresa y a satisfacción de éste. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1511 de 1926 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1511 de 1926 · Por el cual se crea un puesto y se hace un nombramiento en el Ferrocarril Central de Bolívar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.