Adiciónase el. artículo 3° del Decreto número 2126 de 3 de noviembre de 1971 en el sentido de que el Gobierno podrá asignar, cuando lo estime necesario y previo el cumplimiento de las formalidades legales del caso, prima técnica a las personas que ocupen los siguientes cargos del Ministerio de Educación Nacional:
Un (1) Jefe de Oficina VI-28 de la Oficina Jurídica;
Un (1) Jefe de División V-28 de la División de Bienestar Educativo;
Un (1) Jefe de División V-128 de la División de Capacitación del Magisterio.