Micelio

Artículo 57

Haberes Comisiones Exterior

Decreto 610 de 1977 · Por el cual se modifica el Estatuto de Personal Civil del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Haberes Comisiones Exterior . Los empleados públicos del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional que sean destinados al exterior en comisión permanente, o en comisión transitoria de estudios o de tratamiento médico, tendrán derecho al pago de sus haberes en cuantía de un veinticinco por ciento (25%) de sus sueldo básico mensual en dólares, a razón de un dólar por cada peso, y en pesos colombianos la diferencia. La parte pagadera en moneda extranjera en ningún caso podrá exceder de dos mil dólares (US $ 2.000.00) mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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